jueves, 1 de enero de 2009

Analisis de la Reforma Fiscal 2009

LEYES FISCALES

Esta iniciativa no modifica las disposiciones fiscales publicadas el 1° de octubre de 2007, que son las vigentes actualmente.



Se estima que pueda haber alguna modificación dependiendo de lo que resulte de la reforma energética.



IETU

Se incluyen los efectos del estudio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en materia del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), manteniendo la tasa transitoria de 17% para el ejercicio 2009 como está previsto actualmente en la ley.



En este estudio se indica que la autoridad ha detectado algunas prácticas indebidas aplicadas por los contribuyentes que han ocasionado una menor recaudación del IETU. Estas prácticas consisten principalmente en la deducción de intereses y de regalías, prácticas que la autoridad ya había dado a conocer tiempo atrás a través de distintos medios de difusión.



Otra de las razones por las que el Ejecutivo plantea el mantener la tasa del 17% es debido a que la recaudación esperada se vio afectada por la baja en la estimación de crecimiento económico en 2008 que se colocó en un 2.4%, a diferencia de 3.7% prevista en un inicio.



En materia de IETU la iniciativa comenta que durante el proceso de análisis y aprobación correspondiente a la iniciativa presentada en materia de IETU, tanto el Poder Legislativo como el Ejecutivo presentaron los argumentos que sostienen la constitucionalidad del impuesto, en apego a los diversos criterios de legalidad, equidad y proporcionalidad ha constituido la Suprema Corte de Justicia de la Nación y especialmente aquellos relacionados con los fines extrafiscales de los tributos.



ESTÍMULOS FISCALES

No hay cambios en cuanto a los estímulos fiscales, al mantenerse prácticamente iguales que para el ejercicio 2008:

Acreditamiento del IEPS del diesel que se utilice en maquinaria
Devolución del IEPS del diesel para sector agropecuario
Acreditamiento del IEPS del diesel para el sector de autotransporte
Estímulo sobre cuotas de peaje
Acreditamiento del IEPS del diesel marino
Se exenta el ISAN sobre automóviles propulsados a través de baterías eléctricas
En materia de Derecho de Trámite Aduanero (DTA), se exime la importación de gas natural


MULTAS POR INFRACCIONES

Con el propósito de incentivar la autocorrección fiscal de los contribuyentes, se propone incorporar en la LIF una disposición que permita la disminución de las multas por infracciones derivadas del cumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas de las de pago, a excepción de las impuestas por declarar pérdidas fiscales en exceso y las contempladas en el artículo 85, fracción I del Código Fiscal de la Federación, en función al momento en el que el contribuyente efectúe la autocorrección.



TASAS DE RETENCIONES

ISR sobre intereses pagados por el sistema financiero se propone en 0.85% sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses.
ISR sobre intereses pagados a instituciones financieras residentes en el extranjero se mantiene en 4.9% cuando el beneficiario efectivo resida en un país con tratado tributario con México y se cumplan los requisitos correspondientes.

RECARGOS
Las tasas de recargos se mantienen para 2009:

· para pago extemporáneo 1.215%.

· para pago en parcialidades 0.75%.

No hay comentarios: